Procedimiento de homologación de plásticos
Procedimiento de homologación de plásticos
¿Cómo es el proceso de homologación de plásticos?
Es un proceso totalmente externalizado y transparente que consiste en la superación de una auditoría, en la que se contemplan los aspectos fundamentales de cualquier actividad industrial del sector, agrupados en los siguientes módulos:
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Documentación administritativa
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Gestión medioambiental y de calidad
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Capacidad tecnológica y calidad producto terminado
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Capacidad de tratamiento y trazabilidad
Condiciones para la homologación
Para realizar el proceso de homologación, es necesario disponer de una instalación en funcionamiento, ya que parte de dicho proceso consiste en la realización de una prueba industrial en la instalación, mediante la cual se obtiene su capacidad anual de tratamiento (tn/año).
Los productos finales exigidos tras el tratamiento son, como mínimo, los siguientes, según los distintos materiales:
Escama limpia.
Granza.
Granza.
Producto final cuyo origen tenga como materia prima la escama producida a partir del procesado de todos los materiales contenidos en esta fracción. Se deberá garantizar en todo momento del proceso, en sus distintas fases, su trazabilidad.
A partir de octubre de 2024, granza de polipropileno y granza de poliestireno (por separado). Durante el proceso de homologación, en caso de que el equipo homologador constate en el transcurso de la prueba industrial para determinar la capacidad de tratamiento la imposibilidad de una instalación de alcanzar la capacidad productiva, se aplicará la capacidad constatada a través de la documentación técnica de los equipos. A este respecto, el reciclador deberá, al menos, separar los dos materiales de manera independiente, poliestireno y polipropileno, y grancear el mayoritario, pudiéndose establecer la capacidad de tratamiento del minoritario a través del procedimiento anteriormente indicado.
Cuando un reciclador homologado para el material Plástico Mezcla (ETMR Actual) reciba material que le haya adjudicado Ecoembes, tendrá dos posibilidades:
-1ª Posibilidad: grancear, por separado y en sus instalaciones homologadas, cada una de las dos fracciones (polipropileno y poliestireno)
-2ª Posibilidad: grancear solo una de las dos fracciones (polipropileno o poliestireno) en su instalación homologada, siempre y cuando garantice el reciclado de la otra fracción en otra instalación sucesiva.
A partir de octubre de 2024, granza de polipropileno y granza de poliestireno (por separado). Durante el proceso de homologación, en caso de que el equipo homologador constate en el transcurso de la prueba industrial para determinar la capacidad de tratamiento la imposibilidad de una instalación de alcanzar la capacidad productiva, se aplicará la capacidad constatada a través de la documentación técnica de los equipos. A este respecto, el reciclador deberá, al menos, separar los dos materiales de manera independiente, poliestireno y polipropileno, y grancear el mayoritario, pudiéndose establecer la capacidad de tratamiento del minoritario a través del procedimiento anteriormente indicado.
Cuando un reciclador homologado para el material Plástico Mezcla (ETMR Futura) reciba material que le haya adjudicado Ecoembes, tendrá dos posibilidades:
-1ª Posibilidad: grancear, por separado y en sus instalaciones homologadas, cada una de las dos fracciones (polipropileno y poliestireno)
-2ª Posibilidad: grancear solo una de las dos fracciones (polipropileno o poliestireno) en su instalación homologada, siempre y cuando garantice el reciclado de la otra fracción en otra instalación sucesiva.
A partir de octubre de 2024, granza de polipropileno y granza de poliestireno (por separado). Durante el proceso de homologación, en caso de que el equipo homologador constate en el transcurso de la prueba industrial para determinar la capacidad de tratamiento la imposibilidad de una instalación de alcanzar la capacidad productiva, se aplicará la capacidad constatada a través de la documentación técnica de los equipos. A este respecto, el reciclador deberá, al menos, separar los dos materiales de manera independiente, poliestireno y polipropileno, y grancear el mayoritario, pudiéndose establecer la capacidad de tratamiento del minoritario a través del procedimiento anteriormente indicado.
Cuando un reciclador homologado para el material Polipropileno + Poliestireno reciba material que le haya adjudicado Ecoembes, tendrá dos posibilidades:
-1ª Posibilidad: grancear, por separado y en sus instalaciones homologadas, cada una de las dos fracciones (polipropileno y poliestireno)
-2ª Posibilidad: grancear solo una de las dos fracciones (polipropileno o poliestireno) en su instalación homologada, siempre y cuando garantice el reciclado de la otra fracción en otra instalación sucesiva.
*Film, Plástico Mezcla (ETMR Actual), Plástico Mezcla (ETMR Futura) y Polipropileno + Poliestireno (PP+PS) solo para el caso de plantas de selección de envases ligeros (para plantas de basura en masa no se requiere homologación al no comercializarse envases por parte de Ecoembes para estas fracciones).
¹ Esta información tiene carácter provisional y podrá estar sometida a futuras modificaciones
La homologación es requisito para optar a las ofertas de Ecoembes, pero el hecho de estar homologado no garantiza el suministro de material.
En relación con la homologación del Plástico Mezcla, a partir del 1 de enero de 2025 sólo se llevarán a cabo homologaciones para la fracción Plástico Mezcla (ETMR Futura), ya que habilitará la participación en las adjudicaciones de materiales de Ecoembes para ambas fracciones de Plástico Mezcla (ETMR Actual y ETMR Futura).
Se deberá tener en consideración que los Recicladores que quieran optar a la participación en las adjudicaciones del material de Plástico Mezcla (ETMR Futura), deberán homologarse para dicho material, y podrán hacerlo a partir de octubre de 2024.
Los pasos del proceso
1. Envío de solicitud
1. Envío de solicitud
Las empresas interesadas en la homologación deberán rellenar el formulario con sus datos.
2. Realización de la auditoría
2. Realización de la auditoría
Los costes de esta son asumidos por el solicitante interesado en la homologación.
3. Emisión del informe
3. Emisión del informe
En él se recogen todos los aspectos contemplados en la norma de referencia.
4. Incorporación de la empresa
4. Incorporación de la empresa
En caso de resultar homologada, pasa a formar parte del “Listado de Recuperadores/Recicladores Homologados” de la web de Ecoembes. La vigencia de la homologación concedida a cada reciclador tendrá una duración máxima de ocho (8) años, si bien estará vinculada a la vigencia de la correspondiente autorización administrativa para la recogida y tratamiento de residuos prevista en el artículo 33 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular o normativa que la sustituya. Por ejemplo: si un reciclador solicita la homologación en ECOEMBES en el cuarto año de vigencia de su autorización administrativa, su homologación estará vigente por cuatro años.